La AFIP estableció algunos cambios en su Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias través de la resolución 3356 publicada hoy en el Boletín Oficial:

Aquellas personas que soliciten compra de moneda extranjera por viajes fuera del país, solo podrán comprar la divisa que corresponda al país de destino.Es decir la moneda de curso legal o uso corriente del país al que viaje, por ejemplo si viaja a Uruguay, podrá adquirir pesos uruguayos.

Además aclaró que los datos ingresados por el solicitante en el formulario deberán ser validados por la empresa de transporte u operador turístico.

Estas nuevas disposiciones entrarán en vigencia el próximo 13 de Agosto del 2012.

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